Como clientes de servicios financieros somos más que conscientes de las múltiples y variadas cláusulas abusivas que tanto bancos como cajas incluyen en multitud de sus productos. La noticia en esta ocasión proviene del hecho de que el propio Tribunal Superior haya ordenado anular algunas de estas cláusulas que hacen aumentar los beneficios de las entidades financieras al contratar hipotecas, tarjetas de crédito y otros tipos de préstamos.
Las cláusulas en cuestión que a partir de ahora no podrán figurar en estos contratos hacen referencia a la prohibición de alquilar una vivienda que se encuentre hipotecada o a las responsabilidades no asumidas por la entidad financiera en caso de robo de una tarjeta.
Entre las entidades que aparecían directamente vinculadas a esta práctica figuraban el Banco Santander, Bankinter, BBVA y Caja Madrid, si bien las asociaciones de consumidores nos advierten de que otros muchos bancos venían aplicando cláusulas similares.
Visto lo visto, parece que la ley en esta ocasión está de lado del cliente, otra cosa es la aplicación de la misma, ya que el tiempo y esfuerzos necesarios para hacer prevaler sus derechos suelen conseguir que bancos y cajas sigan haciendo de las suyas.
El banco cual conductor de Hummer por las calles de Madrid se cree con el derecho de avasallar a sus clientes, los cuales ante farragosos contratos y letras pequeñas no tiene otra más que tragar. ¿La solución? Las organizaciones de usuarios que velan por nuestros derechos y cuentan con los recursos necesarios para hacer justicia.
1 comentarios:
me pueden aclarar los pasos para reclamar ante el banco de españa por una hipoteca que tengo con suelo del 4.5%?
Publicar un comentario en la entrada